En nuestro país está expresamente prohibida la utilización de vientres de alquiler o maternidad por subrogación, ya sea por parte de parejas heterosexuales u homosexuales. Pero, puesto que otros países del mundo lo permiten, hay muchos padres que toman esta decisión al ver que es la única esperanza que les queda para poder satisfacer su deseo de tener un hijo. A pesar de que es ilegal (expresado en la ley de reproducción asistida del 2006) en nuestro país y de constituir un fraude a la administración pública, es algo que muchas parejas deciden realizar, siendo diferente el trato que reciben en los consulados las parejas heterosexuales de las homosexuales.Discriminación
Este asunto es algo que la Federación Estatal de Gays, Lesbianas, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) se ha propuesto solucionar en conjunto con las administraciones públicas. El diario Público informaba el pasado 27 de junio de que las familias homoparentales de nuestro país, junto con algunas asociaciones, remitirían una carta al Gobierno y al Ministerio de Igualdad para exponerles la discriminación sufrida por los consulados españoles a la hora de inscribir a sus hijos. Esta reivindicación viene fundamentada en el hecho de que las parejas heterosexuales que tienen bebés por este sistema no son sometidas a estudios tan meticulosos como las parejas homosexuales por parte de ciertos consulados.
Hasta el ADN
Al contrario que las parejas heterosexuales, en las que se presupone que la madre ha dado luz al niño, la parejas homosexuales, que optan por la utilización del vientre de alquiler, tienen que presentar documentación que acredite que uno de ellos es el padre biológico del niño, lo cual no sólo encarece el proceso, sino que es una muestra clara de discriminación por parte de los registros consulares. Manuel y Ángel se encuentran en esta encrucijada, ya que les exigen la realización de pruebas de ADN para demostrar que uno de los dos es el padre. Mientras que, según informa la página Web del Ministerio de Asuntos Exteriores, el único requisito para inscribir a un hijo de españoles nacido en el extranjero es presentar en el Registro Consular la partida de nacimiento de éste, que es justo lo que le exigen a las parejas heterosexuales, los trámites que tienen que realizar las parejas homoparentales son mucho más complicados.
Regularización
Para evitar futuros problemas, ya que de hecho se está realizando este proceso, diversas asociaciones están pidiendo la regulación en España de los vientres de alquiler. Esta práctica está legislada en países como Ucrania, Rusia, México, Israel o India y en algunos estados de USA como California. Otros como Reino Unido lo permiten con importantes restricciones, como ser residente, familiar directo y carecer de ánimo de lucro, y en Francia se está estudiando el tema para que se permita, pero sólo entre parejas heterosexuales con más de dos años de convivencia y en el caso de que a la mujer le sea totalmente imposible quedarse embarazada biológicamente.
A las Asociaciones, como la FELGTB, les parece increíble que un país tan avanzado en derechos como España no tenga una regulación frente a este respecto que amplíe los derechos de todos los españoles.